Cuando la ignorancia ya no es una excusa: El Tribunal Supremo ha hablado
No vamos a endulzarlo. El 18 de julio de 2025, el Tribunal Supremo de los Países Bajos dejó bien claro que no saber cómo se aplican las normas del IVA a tu negocio puede ahora costarte el doble en sanciones, especialmente si la Autoridad Fiscal considera que tu conducta fue “gravemente negligente”.
Y si eres un emprendedor al frente de una micro o pequeña empresa, seas o no del sector inmobiliario, esto no es una historia legal lejana. Es una señal de alarma.
Vamos a explicarlo. Con claridad. De forma estructurada. Y práctica, tal como se lo explicaría a un cliente sentado frente a mí al final de un día largo.
El caso: una operadora inmobiliaria, el IVA y dos sanciones
Una empresa (llamémosla [X] NV) alquilaba inmuebles. Parte de sus actividades estaban exentas de IVA, y otras no. Cometió el error de deducirse el IVA soportado en costes que solo estaban relacionados con sus alquileres exentos.
Aquí está el error clave: si tus ingresos están exentos de IVA, no puedes recuperar el IVA pagado en los gastos correspondientes a esa actividad. Punto.
El inspector fiscal revisó sus declaraciones de 2015–2016 y le impuso:
- Una multa según el Artículo 67f: por deducir IVA al que no tenía derecho.
- Una multa según el Artículo 10a: por no presentar correcciones antes de que el inspector descubriera el problema.
Ambas sanciones se fijaron en un 25% del IVA deducido indebidamente. Sí, cada una. Doble golpe.
La batalla legal: “¡Pero yo no lo sabía!”
La empresaria apeló. Alegó que las sanciones eran injustas, que no sabía que estaba cometiendo un error, y que el inspector solo había asumido que fue gravemente negligente.
¿Qué dijo el Tribunal Supremo?
Que la negligencia grave no requiere intención. Basta con que el empresario debió haberlo sabido, especialmente si tiene experiencia en el sector.
¿Traducción? “No lo sabía” ya no es suficiente si tu rol exige que deberías haberlo sabido.
Por qué esto te importa a ti, como pequeño empresario
Puede que no seas un magnate inmobiliario. Pero este precedente afecta a todos los empresarios registrados a efectos del IVA que:
- Combinan actividades exentas de IVA con otras sujetas a IVA
- Se deducen IVA sin verificar correctamente la atribución de los costes
- No presentan declaraciones complementarias cuando descubren errores
Incluso las microempresas serán evaluadas en base a lo que razonablemente se espera de ellas, no en función de lo que personalmente comprendieron.
Y no, el tribunal no dice que tengas que ser un experto fiscal. Pero sí tienes que:
- Montar una administración contable conforme
- Comprender lo básico sobre qué IVA puedes y no puedes deducirte
- Actuar con rapidez si descubres un error
Porque no actuar ya no se considera un descuido: es negligencia sancionable.
¿Qué se considera “negligencia grave”?
Según la postura reafirmada del Tribunal Supremo:
- Puedes ser sancionado incluso sin intención maliciosa
- Si tienes experiencia, se espera más de ti
- Los errores no se perdonan solo porque nadie los detectó de inmediato
- Si tuviste tiempo para corregir un error y no lo hiciste, se considera negligencia grave
Qué debes hacer ahora
Voy a ser práctico, porque así trabajamos en Xtroverso:
-
Audita tu estructura de IVA
¿Combinas servicios exentos con servicios sujetos a IVA? Asegúrate de que la atribución de costes esté clara y separada. -
Revisa deducciones pasadas
¿Te dedujiste IVA en costes vinculados solo a ingresos exentos? Presenta una declaración complementaria antes de que lo haga Hacienda. -
Documenta tu razonamiento
Lleva un registro escrito de por qué te dedujiste lo que te dedujiste. Si te lo cuestionan, necesitas mostrar un criterio claro, no confusión. -
Consulta con un profesional
No des por hecho que tu contable lo tiene todo controlado. Pregunta específicamente por las actividades exentas, declaraciones complementarias y atribución de costes. -
No esperes para corregir
El tribunal fue claro: tiempo para corregir = tiempo para evitar una multa. Úsalo.
Palabra final: Cumplir no es opcional, es defensa personal empresarial
Si este fallo te incomoda, bien. Debería. Porque confirma lo que le repito a mis clientes cada mes:
Tu administración no es un trámite. Es tu escudo.
El Tribunal Supremo acaba de subir el listón. No esperes a que te lo recuerde un inspector. Como empresarios, luchamos por cada euro que ganamos, así que no lo perdamos por multas evitables.
¿Dudas? Pregunta. Verifica. Documenta. Y nunca creas que eres “demasiado pequeño” para importar.
Co-Founder of Xtroverso | Head of Ledger and Tax Compliance
Linda Pavan aporta una precisión disciplinada a Xtroverso, anclando su integridad financiera, fiscal y operativa. Como Auditor Certificado ZENTRIQ™, traduce la complejidad en claridad, asegurando que cada decisión sea rastreable, cumpla con las normativas y sea estratégicamente sólida. Su rigor silencioso empodera a las empresas para actuar con confianza y responsabilidad.